Luz de Obra

QUÉ ES LA LUZ DE OBRA

La luz de obra es un alta eventual de un suministro eléctrico «especial» para construir o reformar por un tiempo limitado, pero no para vivir o hacer uso del lugar.
Un porcentaje del pago por el alta de la luz de obra funciona como una señal; cuando nos demos de baja, recuperaremos una parte de nuestro dinero.

¿Cómo puedo solicitar el alta de luz de obra?

No todas las obras necesitarán solicitar este tipo de suministro eléctrico. Puedes consultar a la empresa responsable de la obra o en tu ayuntamiento.
• El primer paso es obtener la licencia de obra y un Certificado de Instalación Eléctrica por parte de la empresa instaladora. En ese certificado debe constar que el fin del suministro es únicamente realizar obras.
• El siguiente paso es contar con los CUPS de obra —código de identificación de instalación eléctrica—. Para ello debemos dirigirnos a la distribuidora de electricidad de nuestra zona.
• A continuación, elegimos la comercializadora que más nos convenga para contratar el suministro de luz de obra por el periodo de tiempo que necesitemos.
• Si preveemos que vamos a sobrepasar el plazo estipulado por el CUP, tendremos dos opciones: pedir una prórroga o solicitar la baja del CUPS de obra y pedir el alta nueva definitiva (el CUPS para el uso normal y corriente de la instalación eléctrica), de forma paralela para que nunca te quedes sin suministro de luz.

BOLETÍN

Tras la aprobación del RDL 15/2018 es posible instalar o modificar (subir o bajar potencia) cualquier tramo de potencia contratada que sea múltiplo de 0,1 kW, siempre que no supere la máxima admisible, estipulada en el boletín eléctrico.

Debo tener en cuenta que

• El plazo para obtener la luz de obra, al igual que el de alta nueva definitiva, es entre 7 y 10 días como máximo.
• Cuando se pasa del CUPS de obra al definitivo, la distribuidora solicita un nuevo boletín eléctrico (documento oficial emitido por un instalador electricista autorizado que certifica que una instalación cumple todos los requisitos para el suministro eléctrico).
• La distribuidora independiemtemente de que tengas que instalar contador o no, cobrará derechos de enganche, extensión y acceso por cada tipo de CUPS , una vez por el de obra y otra por el definitivo.

COSTES

La distribuidora cobra por dar de alta la luz en los siguientes conceptos:

• Derechos de acceso: 19,70 € por cada kW solicitado.
• Derechos de extensión: 17,37 € por cada kW solicitado, sólo cuando la instalación sea para viviendas de obra nueva.
• Derechos de enganche: 9,04 € por actuación
• Depósito: se calculan unas cincuenta horas de utilización de la potencia contratada, aproximadamente 50€ de media pero puede variar dependiendo de cada caso.

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